Contrato de licencia para el Usuario final: Comercial Versión
Contrato de licencia para el Usuario final: Comercial Versión
Para código propietario (no libre/de código abierto)
Fecha de publicación: 12 de junio de 2018
Contrato de licencia para el Usuario final
Términos y condiciones generales (TCG)
Definiciones
Todas las palabras en mayúscula no definidas en el presente documento se definen en el Contrato de cobertura del servicio (CCS).
“Documentación” es la documentación técnica, incluso si se incluye en las guías y manuales de usuariosuministrados en el embalaje. La documentación puede estar impresa en papel o en formato electrónico.
“Otorgante” es la empresa conocida como “ESI Group”, el desarrollador de software que posee los derechosde propiedad intelectual del Producto de software licenciado o una autorización del propietario del Producto de software para comercializar y prestar servicios de soporte técnico para el Producto de software.
“Licenciatario“ es la entidad legal que emite una orden a la Representación local del Otorgante para obteneruna Licencia para uno o varios Productos de software conforme a las condiciones del presente Contrato de licencia para el Usuario final (CLUF).
“Licencia” se compone del presente CLUF (tanto las Condiciones generales como, si procede, las Condicionesparticulares) y del Contrato CCS relacionado. Así definidos, los TCG del Licenciatario se descartan de forma expresa y no se aplican a menos que sean aceptados por escrito por el Otorgante.
“Representación local del Otorgante” en caso de que el Otorgante no otorgue la licencia directamente, este término se referirá a un distribuidor, agente o filial del Otorgante, autorizados por contrato a otorgar Licencias para el Producto de software y a prestar, previa solicitud, soporte y formación de primer nivel. Encaso de licencia directa, el término ha de interpretarse como “Otorgante”.
“Producto de software” se refiere a la totalidad o a una parte o partes del código ejecutable de los programas de ordenador o de las bases de datos (por ejemplo, un modelo humano) licenciados por el Otorgante y atoda la Documentación o guías y manuales relacionados (en lo sucesivo, “laDocumentación”).
“Producto de terceros” se refiere a cualquier programa de ordenador o base de datos no publicada por elOtorgante.
“Usar” o “hacer uso” empleado en relación con el Producto de software significa: cargar o guardar todo o parte del Producto de software en ordenadores o servidores con el fin de llevar a cabo cualquier instrucción incluida en el programa; ejecutar el Producto de software; tratar los datos incluidos en el Producto de software o mostrar cualquier parte del Producto de software mediante la ejecución de las susodichasinstrucciones. Los términos “usar” o “hacer uso” empleados en combinación con la Documentación asociada se interpretarán en su significado principal y general.
1 - Alcance de la licencia
1.1 - Derechos otorgados por esta Licencia
Por el presente, el Otorgante otorga al Licenciatario un derecho y no exclusivo a usar el Producto de software y únicamente en el formato de código ejecutable por ordenador en que se entrega.
El Licenciatario tendrá libertad para usar los resultados obtenidos con sus propios datos a partir de cualquier uso autorizado del Producto de software.
El derecho mencionado se rige por las condiciones expuestas en el presente documento. El Licenciatario limitará el uso del Producto de software a:
- sus propias necesidades;
-
El término “propias necesidades” se aplica, además de a la actividad comercial interna del Licenciatario, a los servicios informáticos prestados a terceros, siempre que la actividad del Licenciatario consista en prestar tales servicios, pero excluirá expresamente cualquier demostración del Producto de software a la competencia del Otorgante o a agentes de dicha competencia.
-
- su propio personal y externos;
- La noción de “externo” se limita a personas que:
- trabajen indirectamente para el Licenciatario, esto es, a subcontratados del Licenciatario (terceros);
- o personas como contratistas o personal temporal;
- Suponiendo que un externo trabaje:
- en las instalaciones del Licenciatario;
- en los ordenadores del Licenciatario; y
- únicamente en el proyecto del Licenciatario.
- La noción de “externo” se limita a personas que:
Bajo la presente Licencia, el Licenciatario NO tiene derecho:
- a sublicenciar ni redistribuir el Producto de software, sea con o sin cargo;
- a extraer datos, por cualquier medio, de cualquier base de datos del Producto de software con fines incompatibles con el uso previsto del Producto de software.
- a corregir errores, ya que el Otorgante se reserva expresamente este derecho para sí.
No está permitida la publicación ni comunicación a terceros (fuera del grupo del Licenciatario, si procede) de resultados de comparativas sin la autorización previa por escrito del Otorgante. Esto se aplica a cualquier publicación o comunicación que contenga una comparación entre el Producto de software y cualquier otro programa informático.
El Licenciatario tiene derecho a recibir los Servicios de mantenimiento conforme a los términos del CCS anexo.
La duración de los servicios de mantenimiento descritos en dicho anexo es la siguiente:
- 1 año por Licencia completamente pagada (LCP) y renovable previo abono regular de las tarifas de mantenimiento;
- La duración de las licencias renovables anualmente.
1.2 - Renovación tácita
Por lo que respecta a la duración del mantenimiento de las Licencias completamente pagadas y una de las licencias renovables anualmente (con un periodo fijado inicial de un año o más), por la presente se especifica que la obligación de pagar la tarifa de mantenimiento de la LCP o la tarifa de licencia renovable respectivamente se renueva tácitamente, a menos que el Licenciatario renuncie a tal renovación notificándolo con 90 días de anticipo. En tal caso, una LCP se transformaría en una licencia sin mantenimiento y sin soporte en el futuro, y la licencia renovable se cancelaría.
No se permite ninguna desviación de esta sección, a menos que así lo acuerde directamente la Dirección general del Otorgante; esto es así porque la Representación local del Otorgante no tiene derecho a representar al Otorgante en una modificación de este tipo.
Una renovación será efectiva para las licencias ya otorgadas y para cualquier otro producto (o token) que haya motivado la firma de otro CLUF.
1.3 - Tarifas de licencia
La presente Licencia se otorga a condición del pago completo de las tarifas de uso pertinentes. Si se comunica una clave de licencia temporal y no se transfiere el pago completo como se establece en los términos del Contrato, el use del Producto de software concluirá sin indemnización para el Licenciatario.
1.4 - Entrega y validez de la Licencia
La entrega del Producto de software se considera completa una vez emitidas y enviadas por medios electrónicos las Claves de licencia que permiten al Licenciatario usar el Producto de software en la configuración suscrita.
La Licencia se considera válida a partir de la fecha de emisión y envío por medios electrónicos de la primera contraseña del Licenciatario. Dicha fecha se usará para calcular la renovación anual de la Licencia.
Como excepción a las reglas anteriores, el Otorgante tendrá derecho a no renovar una Licencia renovable o a cancelar el mantenimiento (Contrato de cobertura del servicio) de una Licencia completamente pagada cuando una ley en vigor limite el derecho a exportar dichos productos al país del Licenciatario.
1.5 - Instalación
La instalación del Producto de software es responsabilidad única del Licenciatario, quien la llevará a cabo de acuerdo con las instrucciones de instalación suministradas por el Otorgante.
Si falla la instalación, el Licenciatario informará a la Representación local del Otorgante inmediatamente. La Representación local del Otorgante y el Licenciatario se comunicarán y actuarán de buena fe para encontrar rápidamente un remedio eficaz. Si no se encuentra ningún remedio en un tiempo razonable, el Otorgante se compromete a discutir de buena fe con el Licenciatario para encontrar una solución aceptable para ambas Partes.
2 - Equipo
2.1 - Principio de no transferencia a un equipo diferente
El Producto de software se puede instalar en cualquier equipo y el Licenciatario puede cambiar la ubicación. Pero por lo que respecta a la ubicación de los archivos o el sistema que permiten el uso (puede tratarse de una mochila conectada a un equipo o de archivos de licencia guardados en un equipo (ordenador o servidor local), la transferencia de dichos archivos de licencia o mochilas a otros equipos solo puede autorizarse a Licenciatarios que tengan derecho a soporte y mantenimiento (previo pago de las tarifas de mantenimiento de LCP o renovación de las licencias anuales), en un equipo y configuración de software idénticos, y únicamente en el caso de que la transferencia sea necesaria por la obsolescencia o avería del equipo.
El Licenciatario aportará pruebas de dicha avería u obsolescencia y el Otorgante tendrá derecho a una tarifa razonable por dicha transferencia, cuya tarifa se establece en la lista de precios del Otorgante.
2.2 - Excepciones negociadas para cambios en la configuración del sistema (hardware y software)
El Licenciatario admite estar informado de la configuración mínima requerida para el uso del Producto de software. El Otorgante no asegura ni garantiza la idoneidad del Producto de software con ninguna otra configuración.
En caso de que el Licenciatario desee cambiar su equipo o configuración de software y obtener una versión nueva del Producto de software capaz de interoperar con futuros equipos o programas, el Licenciatario se da por informado de que dicha posibilidad solo se ofrece a los Licenciatarios con derecho a soporte y mantenimiento, y conforme al siguiente procedimiento:
- El Licenciatario envía al Otorgante una solicitud de posible cambio en el hardware o la configuración de software, con una descripción de los anteriores, de modo que el Otorgante pueda comprobar que la versión del Producto de software es compatible con el nuevo equipo y configuración de software previstos.
- El Otorgante verifica la compatibilidad y el rendimiento pleno del Producto de software en dicho equipo o software.
- Si el Otorgante nunca ha llevado a cabo las pruebas de compatibilidad y rendimiento en el nuevo equipo propuesto, entonces:
- si el Licenciatario ya ha comprado el nuevo equipo, el Licenciatario llevará a cabo las pruebas de compatibilidad y rendimiento bajo su propia responsabilidad bajo la estricta condición de que (1) el Otorgante proporcione al Licenciatario una Licencia gratuita y temporal para llevar a cabo dichas pruebas y (2) el Licenciatario proporcione todos los resultados de dichas pruebas al Otorgante.
- si el Licenciatario todavía no ha comprado el equipo nuevo, las Partes discutirán y harán un esfuerzo conjunto por encontrar una configuración de equipo equivalente que se corresponda con las necesidades del Licenciatario.
2.3 - Obligaciones del Licenciatario después de una transferencia autorizada
En caso de sustitución del equipo como se prevé en los apartados 2.1. o 2.2, el Licenciatario debe garantizar la eliminación o destrucción de cualquier Producto de software instalado en el equipo antiguo o en cualquier otro ordenador que se vaya a desechar o no se vaya a usar más con el Producto de software; estos Productos de software deben borrarse definitivamente o destruirse con el equipo en cuestión.
Si se hace cualquier modificación del equipo —como se ha descrito anteriormente o debido a una autorización excepcional por escrito del Otorgante— el Licenciatario informará a la Representación local del Otorgante, que enviará al Licenciatario un formulario para que lo rellene y devuelva. En caso de incumplimiento, no se autorizará la transferencia.
3 - Interoperatividad
3.1 - Interoperatividad: uso dentro de la Unión Europea
Si el Licenciatario usa el Producto de software dentro de la Unión Europea, se aplicarán las siguientes disposiciones:
En caso de que el Licenciatario desee que el Producto de software interopere con un Producto de terceros, el Licenciatario deberá, en primer lugar, informar de su intención al Otorgante o a la Representación local del Otorgante.
A continuación, el Otorgante puede optar por comunicar la información de interfaz requerida o hacer una propuesta comercial con el fin de alcanzar un desarrollo que permita dicha interoperatividad; si opta por la segunda opción, se contemplaría la mejora del Producto de software o la escritura de un programa intermedio.
Si el Licenciatario rechaza la propuesta comercial del Otorgante, el Otorgante proporcionará al Licenciatario, sin solicitar ulterior justificación, la información de interfaz requerida bajo las estrictas condiciones de un Contrato de confidencialidad elaborado por el Otorgante y firmado antes de cualquier comunicación con el único propósito de lograr la interoperatividad deseada.
En el último caso, si el Otorgante efectuara modificaciones posteriores al Producto de software para lograr que interopere con el Producto de terceros en cuestión, el Otorgante proporcionará al Licenciatario la nueva versión, que el Licenciatario estará obligado a usar para facilitar el mantenimiento.
Todas las tarifas relacionadas con la nueva versión dependerán del origen de las modificaciones:
- si las solicitó el Licenciatario, el Licenciatario pagará las tarifas del desarrollo específico llevado a cabo y del mantenimiento asociado;
- si el origen está en el plan de desarrollo del Otorgante, el Licenciatario solo tendrá que pagar las tarifas de renovación de sus licencias para obtener la nueva versión.
3.2 - Interoperatividad: uso fuera de la Unión Europea
Si el Licenciatario desea que el Producto de software interopere con un Producto de terceros, el Licenciatario informará de su intención al Otorgante. A continuación, el Otorgante hará una propuesta comercial para el desarrollo de la modificación o adición solicitada al Producto de software para lograr la interoperatividad. La preparación de tal propuesta puede exigir una tarifa, según el alcance del proyecto y suponiendo que se haya informado al Licenciatario de los costes estimados con anterioridad.
4 - Propiedad intelectual
4.1 - Garantía
El Otorgante declara por la presente que es el propietario de todos los derechos de propiedad intelectual del Producto de software o que tiene autorización del propietario de dichos derechos para comercializar el Producto de software; además, certifica que no está infringiendo los derechos de propiedad intelectual de ningún tercero.
El Licenciatario notificará inmediatamente al Otorgante cualquier demanda por infracción basada en el uso por parte del Licenciatario del Producto de software. El Otorgante asumirá, en su nombre y a su cargo, la defensa y solución de la disputa. El Licenciatario estará obligado a cooperar sin reservas con el Otorgante y a cargo de este último, teniendo en cuenta que el Otorgante actuará en interés de ambas partes.
El Otorgante no estará obligado por ninguna reclamación en caso de infracción cuando dicha infracción sea resultado de una modificación del Producto de software por parte del Licenciatario o su combinación, utilización o uso con programas o equipos no homologados por el Otorgante.
Las obligaciones de inmunidad anteriores dependen de que el Licenciatario comunique inmediatamente por escrito al Otorgante cualquier reclamación, demanda o acción legal para la que se desee solicitar inmunidad, así como de su cooperación sin reservas a cargo del Otorgante en la defensa o solución o propuesta de solución.
Aparte de las excepciones mencionadas anteriormente, el Otorgante no se hará responsable de ningún perjuicio especial, incidental o derivado de cualquier tipo, siempre y cuando, en caso de que el Licenciatario se vea obligado por un tercero a dejar de usar el Producto de software, el Otorgante asuma los perjuicios directos derivados de este hecho.
4.2 - Infracción por parte del Licenciatario
Como consecuencia de cualquier infracción por parte del Licenciatario, este estará sujeto a los procesos por infracción.
El Licenciatario tiene terminantemente prohibido reproducir, aplicar ingeniería inversa, descompilar y comunicar el Producto de software en todo o en parte, incluida cualquier Documentación, para cualquier uso sin el consentimiento previo por escrito del Otorgante mediante contrato aparte. Cuando la Documentación del Producto de software se proporciona en formato electrónico, el presente documento otorga permiso para imprimir una copia de esta.
Cualquier infracción cometida por terceros de la que tenga noticia el Licenciatario debe comunicarse sin demora al Otorgante, quien decidirá qué medida adoptar.
4.3 - Notas (legales y de otro tipo)
El Licenciatario no alterará ni eliminará ninguna nota de copyright, patente, marca comercial, propiedad o de carácter legal que contenga el Producto de software o sus copias. El Licenciatario reproducirá todas estas notas en cualquier copia del Producto licenciado como se acuerda en este Contrato.
4.4 - Seguridad y auditoría
El Otorgante se reserva el derecho a:
- Integrar mecanismos de seguridad en el Producto de software para supervisar, guardar y transmitir información relativa al uso con la finalidad de verificar el cumplimiento de esta Licencia, teniendo en cuenta que dichos mecanismos de seguridad:
- Solo se activan en caso de incumplimiento (uso de una copia ilegal).
- No pueden acceder a los datos en propiedad creados por el Licenciatario mediante el uso del Producto de software (el acceso a los datos en propiedad creados o modificados u obtenidos mediante creación o modificación no es posible).
- Usar un dispositivo de bloqueo del hardware, el software de administración de licencias o una clave de autorización de licencias para controlar el acceso al Producto de software.
El Licenciatario no puede adoptar ninguna medida para evitar, anular o contrarrestar la finalidad de dichas medidas de seguridad. Está prohibido el uso del Producto de software sin el dispositivo de bloqueo requerido o sin la clave de autorización proporcionada por el Otorgante.
El Otorgante tiene derecho a auditar al Licenciatario o a encargar una auditoría en su nombre, en horario laboral, para comprobar que se respetan todas las condiciones de esta Licencia. El Otorgante avisará con una antelación mínima de tres días laborables antes de la auditoría.
5 - Privacidad de los datos
El Licenciatario reconoce y acepta por la presente que la Representación local del Otorgante o el Otorgante tratarán los datos de contacto y los datos personales mínimos de los empleados del Licenciatario que contacten con la Representación local del Otorgante o con el Otorgante para recibir los servicios descritos en el CCS anexo, de acuerdo con los derechos otorgados al Licenciatario en el apartado 1.1 y en el CCS.
Los datos personales que se tratarán incluyen, fundamentalmente, nombre y apellidos, cargo, dirección de correo electrónico y número de teléfono en la medida que sean precisos como mínimo imprescindible para prestar los servicios suscritos en virtud del CCS.
Los objetivos de tratar los datos personales de los empleados del Licenciatario son:
- Prestar servicios acordes con la presente Licencia (incluidas ofertas, entrega de Claves de licencia o servicios contemplados en el CCS).
- Marketing directo del Otorgante o sus filiales.
Proporcionar esta información es obligatorio, ya que hace falta contactar con el Licenciatario:
- para entregar la Licencia (incluidas Claves de licencia) y prestar los servicios suscritos en virtud del CCS,
- para comprobar la lista de Usuarios clave proporcionada por el Licenciatario y de las personas que contacten con la Representación local del Otorgante o el Otorgante.
No facilitar esta información puede conllevar retrasos (hasta que la información requerida se obtenga) o incluso la imposibilidad de prestar los servicios relacionados con la propia Licencia.
Los empleados del grupo del Otorgante (Otorgante y sus filiales) deben recibir los datos personales mencionados.
El Licenciatario admite que los datos se pueden transferir al extranjero, donde trabajan terceros subcontratistas.
El Licenciatario admite además que el Otorgante o la Representación local del Otorgante tratarán los datos personales de acuerdo con las instrucciones del Licenciatario con el fin de cumplir el contrato en su beneficio.
Es responsabilidad exclusiva del Licenciatario (a) obtener el consentimiento de los propietarios de los datos para su tratamiento e (b) informar a los propietarios de los datos de sus derechos relativos a sus datos personales, entre ellos los de acceso/rectificación o cancelación. Además, el Licenciatario también es único responsable de tramitar dichas solicitudes de sus empleados y de informar al Otorgante de dichas solicitudes de forma puntual. El Otorgante responderá a estas solicitudes.
El Licenciatario acuerda cumplir los requisitos de las Leyes y Reglamentos de Protección de Datos y acepta además que es único responsable de la precisión, calidad y legalidad de los datos personales y de los medios para adquirirlos.
6 - Exportación por parte del Licenciatario (si tiene permiso por escrito del Otorgante)
Respetar la normativa vigente es responsabilidad exclusiva del Licenciatario. Por la presente el Licenciatario acepta usar el Producto de software respetando toda normativa aplicable o restrictiva del uso del Producto de software en ámbitos concretos como, por ejemplo, pero no limitado, a la normativa de exportaciones. La intención del Licenciatario de exportar el Producto de software se declarará por escrito al Otorgante o a la Representación local del Otorgante cuando solicite una Licencia.
El Otorgante o la Representación local del Otorgante no representa ni garantiza el derecho del Licenciatario a la exportación, ni todo lo contrario, y rechaza toda responsabilidad relativa a dicha exportación, afirmando que no proporcionará ninguna asistencia en materia de exportaciones deseada por el Licenciatario.
7 - Garantía y responsabilidad
El Otorgante garantizará la conformidad del Producto de software con las características técnicas indicadas en la Documentación publicada por el Otorgante y el buen funcionamiento de dicho Producto de software conforme a dichas características técnicas, en una configuración que coincida con la configuración de hardware requerida como se define en la Documentación.
El Otorgante NO garantiza que:
- las funciones contenidas en el Producto de software satisfagan los requisitos del Licenciatario.
- dichas funciones permitan al Producto de software alcanzar los objetivos que el Licenciatario se ha propuesto.
- dichas funciones funcionen en la combinación seleccionada por el Licenciatario.
- el funcionamiento del Producto de software sea ininterrumpido o exento de errores.
El Licenciatario será el único responsable de
- instalar el Producto de software,
- adoptar medidas adecuadas para probar, explotar y utilizar adecuadamente cada Producto de software,
- seleccionar el Producto de software para alcanzar los resultados esperados por el Licenciatario, y
- seleccionar, usar y obtener resultados de cualquier otro programa informático, base de datos o equipo de programación, así como de los servicios empleados en combinación con el Producto de software.
Cualquier garantía o responsabilidad del Otorgante se extinguirá inmediatamente si el Licenciatario usa el Producto de software en una configuración inapropiada, o si el Licenciatario o un tercero hace modificaciones no autorizadas expresamente por el Otorgante.
8 - Cancelación motivada
Si el uso por parte del Licenciatario del Producto de software incumple las presentes condiciones contractuales, el Otorgante tendrá derecho a cancelar inmediatamente el contrato previa notificación formal mediante carta certificada con acuse de recibo.
La recepción de dicha carta de cancelación crea para el Licenciatario una obligación de borrar o eliminar el Producto de software de cualquier ordenador o dispositivo y de devolver o destruir todas las copias de la Documentación sin demora.
El Licenciatario enviará a continuación y sin demora una confirmación por escrito al Otorgante para comunicarle que ha satisfecho esta obligación.
9 - Generalidades
9.1 - Casos de estudio y opiniones del cliente
A menos que se afirme lo contrario, el Otorgante tendrá derecho a hacer cualquier referencia comercial o informativa al uso por parte del Licenciatario del Producto de software licenciado sin incumplir su obligación de confidencialidad entre Otorgante, Representación local del Otorgante y Licenciatario.
El Otorgante puede usar sin limitación (es decir, de cualquier modo, en cualquier momento y por cualquier medio, en cualquier formato y país del mundo, sin abonar canon alguno) cualquier opinión acerca del Producto de software que el Licenciatario haya aportado al Otorgante: directamente o a través de la Representación local del Otorgante e independientemente del formato de la comunicación.
Por opiniones nos referimos a cualquier idea, sugerencia, orientación u otra información que el Licenciatario comunique, incluidos, sin limitación, resultados de pruebas del Licenciatario o sugerencias de mejora al Producto de software.
9.2 - Irrenunciabilidad de derechos
Ningún aspecto de la actitud o las acciones del Otorgante o de la Representación local del Otorgante (por ejemplo, retraso, inacción, incapacidad de cumplimiento o ejecución) podrá interpretarse como una renuncia, ni total ni parcial, a ningún derecho garantizado por la Ley o por esta Licencia, ni como autorización o tolerancia de ningún tipo que pudiera permitir la continuación por parte del Licenciatario de cualquier mala conducta o infracción del presente Contrato.
9.3 - Separabilidad
Si una o más de las disposiciones del presente Contrato fueran consideradas inválidas, las demás disposiciones seguirán en vigor excepto cuando una sentencia legal dicte que la nulidad de una disposición invalida todas las demás.
Además, las Partes harán todo esfuerzo razonable por sustituir la disposición en cuestión por otra que cumpla la normativa vigente y que respete lo más fielmente posible la intención de la disposición original invalidada.
9.4 - Documentos contractuales
Todas las Licencias del Producto de software se rigen por el presente CLUF, incluidas las Condiciones generales, las Condiciones particulares (si las hubiera) y las condiciones del Contrato de cobertura del servicio, que quedan incorporadas como parte de la presente Licencia. El Otorgante se reserva el derecho a modificar y adaptar los presentes términos y condiciones en cualquier momento.
La licencia para el usuario final solo se otorga en función de los presentes Términos y condiciones generales. Los Términos y condiciones generales de Compra del Licenciatario quedan expresamente rechazados. El Otorgante no está vinculado por ningún otro contrato ni condiciones generales y rechaza asimismo cualquier otra enmienda o modificación de la presente licencia, a menos que se acuerde y se refleje por escrito en un contrato celebrado por los representantes autorizados del Otorgante.
9.5 - Orden de precedencia
Los documentos contractuales siguientes se enumeran en orden de precedencia descendente:
- Las Condiciones particulares del presente CLUF
- Las Condiciones generales del presente CLUF
- Las condiciones del CCS que corresponden con el nivel ordenado de los servicios contenidos en el mismo
- La oferta presentada al Licenciatario
- El pedido del Licenciatario.
10 - Jurisdicción
El tribunal competente será la corte de distrito donde se utilice el Producto de software. La legislación nacional del Licenciatario (esto es, la legislación vigente en el lugar donde se use el Producto de software), regirá este contrato tanto para su interpretación como para su ejecución.
Como testigos de ello, las partes celebran este Contrato, que formalizarán sus representantes legales debidamente autorizados.